La regla de los dos meses: cuándo no puedes deducir una pérdida al rotar ETF

Fiscalidad · 6 min de lectura

Vender un ETF con pérdidas y volver a comprarlo poco después es algo que una estrategia de rotación puede hacer sin que lo notes: la señal cambia, sales del activo y, uno o dos meses más tarde, la señal vuelve a incluirlo. En España hay una norma que limita cuándo puedes aprovechar esa pérdida en la declaración.

Qué dice la norma

La Ley del IRPF establece que no se computa la pérdida patrimonial si compras valores homogéneos a los vendidos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la venta, cuando se trata de valores admitidos a negociación en mercados oficiales, como los ETF cotizados. La pérdida no desaparece: queda diferida y se integra cuando vendas los valores que quedan en cartera.

Para valores no cotizados, como los fondos de inversión, el plazo es de un año.

Qué son valores homogéneos

Son los que tienen los mismos derechos. En la práctica, para un ETF, el mismo ETF con el mismo ISIN. Dos ETF distintos que siguen el mismo índice, con ISIN distintos, no se suelen considerar homogéneos, aunque conviene confirmarlo con un asesor fiscal porque es una cuestión interpretativa. Ten presente que la versión de acumulación y la de distribución del mismo fondo tienen ISIN diferentes (lo vimos en la guía de acumulación y distribución).

Cómo puede afectarte al rotar cada mes

  1. Vendes un ETF con pérdidas porque la señal lo saca de la cartera.
  2. Un mes después, la señal lo vuelve a incluir y lo compras.
  3. Esa compra cae dentro de la ventana de dos meses: la pérdida de la primera venta no se computa todavía.

El impuesto no se pierde: se retrasa. Pero si tienes ganancias en el mismo año, tributarás por ellas sin poder compensarlas con esa pérdida, y la diferencia puede ser notable.

Un ejemplo numérico

Imagina que vendes un ETF con una pérdida de 400 € y, 30 días después, lo recompras. En el mismo año has vendido otro ETF con una ganancia de 1.000 €.

  • Sin la regla: compensarías y tributarías por 600 €.
  • Con la regla: la pérdida de 400 € queda diferida y tributas por 1.000 €. Los 400 € los recuperas al vender definitivamente las participaciones recompradas.

Las cifras son ilustrativas; no son una simulación fiscal.

El orden de venta también importa

Cuando tienes varias compras del mismo ETF, Hacienda aplica el criterio FIFO: se entiende que vendes primero las participaciones más antiguas. Esto condiciona qué ganancia o pérdida te sale en cada venta y qué compras entran en la ventana de dos meses.

Cómo reducir las sorpresas

  • Lleva un registro de cada compra y venta con fecha, ISIN e importe.
  • Revisa en diciembre las ventas con pérdida del año y comprueba si recompraste el mismo ISIN en los dos meses siguientes.
  • Consulta con un asesor si quieres plantearte cambiar a un ETF distinto que replique el mismo índice para evitar la ventana.
  • Recuerda que las pérdidas y ganancias de ventas de ETF se compensan entre sí en la base del ahorro, como explica la guía de fiscalidad en España.

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal. Las normas cambian y su aplicación depende de cada caso.

Preguntas frecuentes

¿La regla de los dos meses afecta a las ganancias?

No. Solo limita la compensación de pérdidas. Las ganancias tributan siempre en el ejercicio en que vendes.

¿Se pierde la pérdida para siempre?

No. Se difiere y se integra cuando vendes los valores homogéneos que sigues teniendo, siempre que no vuelvas a caer en otra ventana.

¿Aplica a ETF comprados en un bróker extranjero?

Sí. La norma se refiere a las operaciones del contribuyente residente en España, con independencia del bróker que uses.

¿Y si compro un ETF distinto del mismo índice?

En general no se considera homogéneo, pero es una cuestión que conviene confirmar con un profesional según los ISIN concretos.

Contenido con fines educativos e informativos. No constituye asesoramiento en materia de inversión ni recomendación personalizada. Los resultados mostrados son simulaciones históricas (backtests) con ETF de EE. UU.; la rentabilidad pasada no garantiza la futura y puede perderse parte o todo el capital invertido. Los rendimientos reales dependerán de tus costes, impuestos, divisa y momento de ejecución.